Cualquier gestoría de autónomos en Pilas está transmitiendo a sus clientes que las pymes y los autónomos que firmen contratos de formación podrán acogerse a una bonificación del 100 % de las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social. También por accidentes en el trabajo, enfermedades profesionales, formación profesional y desempleo.

Lo harán siempre que los contratos que se firmen oscilen entre un mínimos de seis meses y un máximo de tres años. Si son contratos de medio año, se podrán prorrogar con idéntica bonificación del 100 % hasta en dos ocasiones, para cumplir un máximo de año y medio. Se trata de una reciente novedad legislativa que tienen muy presente en toda gestoría de autónomos en Pilas.

Y que conlleva otro tipo de ventajas porque, si una vez que finalice el periodo legal de formación el empresario decide contratar al trabajador de forma indefinida, su cuota empresarial a la Seguridad Social se verá reducida en 1500 euros al año si se trata de la contratación de un varón y en 1800 euros en el caso de que la persona contratada sea una mujer.

Volviendo al contrato de formación, es importante decir que la ley exige que que el horario de trabajo de la persona contratada sea compatible con su proceso de formativo. Por lo tanto, sus horas de trabajo diarias no podrán exceder el 75 % de la jornada laboral durante el primer año y el 85 % a partir del segundo.

Por lo que respecta al sueldo, habrá de ser proporcional al tiempo efectivo de trabajo y nunca podrá ser inferior (proporcionalmente) al salario mínimo interprofesional.

Son novedades que resultan muy interesantes para las pymes y que, si vienes a vernos a la Gestoría Elena Polvillo, te contaremos con todo lujo de detalles. No dudes en contactar con nosotros.