Como profesionales de la gestoría de empresas y autónomos en Sevilla, hoy os vamos a hablar de un tema administrativo que a todos aquellos que trabajan por cuenta propia o ajena les interesa conocer. Se trata de la declaración trimestral del IVA, una obligación con Hacienda que ha de llevarse al día.

Porque, si algo sabemos los expertos de la gestoría de empresas y autónomos en Sevilla, es que las cuentas claras proporcionan seguridad y estabilidad a cualquier trabajador autónomo o empresa de cualquier tipo, sin importar el ámbito al que se dedique.

Como te decíamos, se trata de un trámite trimestral, ya que Hacienda marca los meses de enero, abril, julio y septiembre como aquellos en los que se debe declarar el IVA de las actividades económicas llevadas a cabo en dichos períodos.

En caso de no cumplir con los plazos establecidos, que no cunda el pánico, ya que eso no lleva implícita una sanción. Sin embargo, cualquier profesional te recomendará que te ajustes a los plazos, siempre que no haya una causa de fuerza mayor de por medio. Ten en cuenta que la Administración, para facilitar las cosas, ha decidido ampliar dichos plazos hasta el día 20 de cada mes. Para realizar la declaración, deberás emplear los formularios 303 y 390.

Para tu mayor comodidad, la declaración del IVA también se puede presentar a través de la página web de la AEAT (Agencia Tributaria) o desde alguna de las oficinas físicas de Hacienda.

Ante un retraso en el pago del IVA, Hacienda valorará los motivos (intencionados o no) y aplicará sanciones que pueden ir del 5 al 100 % de la cantidad que debería haber sido abonada.

En cualquier caso, en Gestoría Elena Polvillo nos encargaremos de ayudarte con los trámites más complejos. No dudes en contactar con nosotros, sin compromiso.